Colegio de Abogados demanda creación de juzgados constitucionales al Poder Judicial

Hugo Amanque Chaiñaagosto 19, 20214min0
Hugo Amanque Chaiñaagosto 19, 20214min0

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Colegio de Abogados demanda creación de juzgados constitucionales al Poder Judicial

sede del colegio

En pronunciamiento público suscrito por el decano, Dr. Jose Arce, el Colegio de Abogados de Arequipa, exhortó al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a crear más juzgados especializados constituciones en Arequipa, que puedan atender con oportunidad y prontitud los procesos de la libertad (uno no es suficiente), así como asignarles los recursos para modernizar la justicia constitucional, incorporándola al modelo del expediente judicial electrónico, sistemas informáticos y sistema de notificaciones, pero también demandan a las autoridades judiciales y de los demás poderes del Estado, efectivicen una verdadera reforma de la justicia constitucional, que atienda la demanda de los justiciables a quienes debe garantizarse el goce y ejercicio de sus derechos constitucionales.

El pronunciamiento afirma también que apoyan toda reforma de justicia, siempre que se realice con respeto de los derechos que garantiza la propia Constitución, por lo que expresan su preocupación por la aprobación de un nuevo Código Procesal Constitucional, sin el debate y análisis correspondiente y sin participación de los actores involucrados, como son, el Tribunal Constitucional y el Poder Judicial que son los que tienen que liderar y poner en marcha la reforma.

Consideran positivo la incorporación de la oralidad en materia procesal constitucional, incorporada en Arequipa antes de la reforma, pero rechazan la incorporación de procedimientos que vulneran derechos constitucionales como la posibilidad de instaurar procesos constitucionales contra resoluciones judiciales sin notificación de los demandados, vista de la causa solo a petición del demandante en procesos de hábeas corpus, la prohibición de rechazo liminar, la desnaturalización del mandato en el proceso de cumplimiento, así como en lo referido a los procesos de inconstitucionalidad planteados y que deben ser resueltos en el plazo más breve posible que, entre otros aspectos, lo que implican la vulneración tanto de la autonomía de los órganos jurisdiccionales, como del principio de separación de poderes y el derecho de defensa, a lo que se suma, la sobrecarga procesal desmedida de los Juzgados Constitucionales.

El pronunciamiento concluye que, el artículo 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos garantiza a toda persona el derecho a un recurso sencillo y rápido, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la Ley o la Convención, es decir, los procesos constitucionales. Por tanto, sostienen que la reforma no se agota con la expedición de normas, sino que se inicia con ellas, en forma integral, a diferencia de lo que viene ocurriendo con la vigencia del Nuevo Código Procesal Constitucional, para el que, hasta la fecha, no se han adoptado medidas concretas que asuman los cambios, que sí las tuvieron las reformas en materia procesal penal y laboral e incluso la oralidad civil, para las que se asignó presupuesto y dictaron medidas específicas.

Hugo Amanque Chaiña


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