C. Constitución aprueba dictamen que el 17 de mayo sean las elecciones primarias para elecciones regionales y municipales 2026

Hugo Amanque Chaiñajunio 4, 20254min0
Hugo Amanque Chaiñajunio 4, 20254min0

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C. Constitución aprueba dictamen que el 17 de mayo sean las elecciones primarias para elecciones regionales y municipales 2026

Fernando-Rospigliosi

Con 18 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones, la Comisión de Constitución y Reglamento aprobó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 10708/2024-CR, que modifica la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, a fin de establecer medidas para simplificar el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales del 2026.

Al respecto, el presidente de este grupo de trabajo, Fernando Rospigliosi Capurro (FP), manifestó que la propuesta recoge la sugerencia de los entes correspondientes como el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE); y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

En esa línea, se incorpora la vigésima disposición transitoria en la Ley Orgánica de Elecciones para fijar reglas sobre las Elecciones Regionales y Municipales 2026. Se establece que las elecciones primarias se realizan el tercer domingo de mayo del 2026, es decir, el 17 de mayo.

Además, señala que “para el caso de la modalidad escrita en el literal c) del artículo 24 de la Ley 28904, Ley de Organizaciones Políticas, la elección de delegados se realiza el día de las elecciones primarias; mientras que la elección de candidaturas por parte de los delegados se realiza luego de 7 días calendario, es decir el 24 de mayo de 2026. Los órganos electorales de las organizaciones políticas entregan a la ONPE la lista de delegados electos hasta el cuarto día posterior de realizada la elección primaria”, con la finalidad de optar de predictibilidad y seguridad jurídica a los resultados.

También establece que el 2 de abril de 2026 vence el plazo máximo para presentar solicitudes de inscripción de candidaturas para las elecciones primarias ante los órganos electorales internos de la organización política, es decir, hasta los 60 días calendario antes del día de la elección primaria.

Con relación a la solicitud de inscripción de alianzas, esta procede hasta los 120 días calendario previos a la fecha de las elecciones primarias, es decir, el 17 de enero del 2026; mientras que la fecha límite para que las alianzas electorales logren su inscripción vencen 90 días antes de las elecciones primarias, es decir el 16 de febrero del 2026.

La fecha límite para que las organizaciones políticas informen sobre la modalidad de elección vence el 16 de febrero de 2026, lo que equivale a 90 días antes del día de las elecciones primarias. En tal plazo, las organizaciones políticas deben informar a la Onpe el ámbito de participación de los delegados y el número de delegados a elegir por cada circunscripción electoral.

Las organizaciones políticas tienen hasta el 7 de enero de 2026, es decir, 270 días previos al acto electoral, como el plazo máximo para solicitar la inscripción de la modificación de su normativa interna en el registro de organizaciones políticas no siendo aplicable para este caso el plazo dispuesto en el art 19 de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas.

“Se ha ampliado el plazo de reglamentación de la ley de 30 a 60 días para que la Onpe, Reniec, y el JNE emitan las disposiciones necesarias para su aplicación”, finalizó el presidente de la comisión.

 

Hugo Amanque Chaiña


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