Montoya propone amnistía a militares y policías que no estan sentenciados por casos en lucha antiterrorismo

Hugo Amanque Chaiñaabril 13, 20243min0
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Montoya propone amnistía a militares y policías que no estan sentenciados por casos en lucha antiterrorismo

cachaco montoya

El congresista ultraconservador, Jorge Montoya, el 11 de abril, presentó el proyecto de ley que pretende conceder amnistía aplicable en los casos por presuntos delitos cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, Comités de Autodefensa y funcionarios del Estado, que no cuenten con sentencia firme con calidad de cosa juzgada, que pudieran estar denunciados o procesados por delitos vinculados a la lucha contra el terrorismo, entre los años 1980 y 2000, que en aplicación del principio jurídico del plazo razonable, habiendo transcurrido 24 años, estos hechos no pudieron ser investigados, procesados ni sancionados conforme a la legislación aplicable en ese momento.

Montoya sostiene que es necesario regular este tema, ya que quienes salieron en defensa del orden constitucional y el sistema democrático, no pueden permanecer de por vida con la amenaza de la persecución penal o sometidos a investigaciones o procesos interminables carentes de racionalidad y justicia. Agrega que no son aplicables los efectos de la presente Ley a los denunciados o imputados por terrorismo quienes deberán ser objeto de los procesos penales correspondientes de conformidad a las normas pertinentes.

En la exposición de motivos del proyecto de ley, sostiene que no exime de responsabilidad a los sentenciados y sancionados con sentencias consentidas o ejecutoriadas con calidad de cosa juzgada, estando por tanto en congruencia con los criterios que en este extremo ha dispuesto la Corte IDH. En cambio, el beneficio de la Amnistia alcanza a los que habiendo transcurrido más de 24 años continúan investigados por presuntas violaciones a los derechos humanos, evidenciándose la incapacidad del sistema judicial para demostrar las imputaciones contra quienes salieron en defensa del orden constitucional y el sistema democrático.

Remarca que ningún proceso en nuestro sistema judicial prevé una duración para investigar y sancionar de 24 años y no es razonable, por tanto, ni admisible mantener en investigación y proceso con las consecuentes restricciones a la libertad que ello implica prolongar ad infinitum los actos de investigación, juzgamiento y persecución penal sin un resultado cierto y compatible con la justicia.

Afirma finalmente que su propuesta legislativa no desconoce la vigencia de los artículos 8 y 25 de la Convención a los que se refiere la Corte lDH, para investigar y juzgar, sino que también tiene en cuenta lo previsto en el artículo 8.1 de este mismo instrumento convencional que garantiza que esta investigación y juzgamiento deba realizarse en un plazo razonable que a todas luces no podría extenderse más allá de un cuarto de siglo como es la mayoría de los casos a los se refiera la presente iniciativa legislativa.

Hugo Amanque Chaiña


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