Serenazgo de la MPA no cuenta con plan específico 2024 para contrarrestar delincuencia señala informe de OCI

Hugo Amanque Chaiñamarzo 4, 20245min0
Hugo Amanque Chaiñamarzo 4, 20245min0

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Serenazgo de la MPA no cuenta con plan específico 2024 para contrarrestar delincuencia señala informe de OCI

Serenazgo 24

Radio San Martín

Ocho ilícitos e irregularidades encontraron los profesionales del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Arequipa en el proceso de gestión de la seguridad ciudadana de la MPA y al Comité Provincial de Seguridad Ciudadana 2024, según el informe de visita de control del 21 de febrero del 2024.

Las situaciones adversas detectadas son las siguientes.

  1. La Secretaria Técnica del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana no publicó en el portal web institucional el acta de sesión ordinaria del periodo 2024 y los avances en la implementación de sus acuerdos, situación que impide difundir tanto a la entidad como a la ciudadanía de sus acuerdos, situación que impide difundir las acciones realizadas por el COPROGEC.
  2. El Comité Provincial de Seguridad Ciudadana, no propuso ante la MPA la aprobación de programas y proyectos de seguridad ciudadana, situación que no permitiría contar con instrumentos de relevancia provincial tomando en cuenta aspectos culturales y lingüísticos de su poblacion.
  3. La Secretaria Técnica del COPROSEC no recibió asistencia técnica de parte de la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, situación que afectaría implementar adecuadamente los mecanismos de la política nacional multisectorial en seguridad ciudadana.
  4. La MPA para el servicio de serenazgo municipal no cuenta con plan específico para el año 2024, situación que podría afectar las acciones, actividades, lineamientos y estrategias para la realización coordinada y conjunta entre municipalidades provinciales y distritales.
  5. La MPA no cuenta con un Centro de Capacitación de Serenos Municipales, situación que podría afectar su formación y entrenamiento para el adecuado servicio de seguridad ciudadana.
  6. 37 Camaras de video vigilancia de la MPA se encuentran inoperativas, generando el riesgo de afectar el monitoreo permanente de sistema de seguridad ciudadana, así como de identificar de manera oportuna la afectación a la convivencia pacífica, la erradicación de la violencia interpersonal y la utilización de miedos en los espacios publicos frente a los diversos tipos de criminalidad. 35 Camaras de video vigilancia de la MPA se encuentran operativas, pero no reciben mantenimiento y no graban con nitidez, generando el riesgo de afectar el monitoreo permanente del sistema de seguridad ciudadana a cargo del gobierno local, así como identificar de manera oportuna la afectación a la convivencia pacífica, la erradicación de la violencia interpersonal y la utilización libre de miedos de los espacios publicos frente a los diversos tipos de criminalidad.
  7. 35 cámaras de videovigilancia de la MPA se encuentran operativas, pero no reciben mantenimiento y no graban con nitidez, generando el riesgo de afectar el monitoreo permanente del sistema de seguridad ciudadana a cargo del gobierno local, así como identificar de manera oportuna la afectación a la convivencia pacífica, la erradicación de la violencia interpersonal y la utilización libre de miedos en espacios publicos frente a los diversos tipos de criminalidad.
  8. La MPA no almacena las grabaciones de las cámaras de videovigilancia por el plazo minino de 45 días calendario establecido en la normativa aplicable, situación que podría afectar que la ciudadanía y las entidades competentes utilicen oportunamente dichas grabaciones y el monitoreo permanente del sistema de seguridad ciudadana.

El informe de OCI recomienda al alcalde provincial el 27 de febrero del 2024, Victor Rivera, que debe comunicar al Órgano de Control Institucional, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles, las acciones preventivas o correctivas adoptadas o por adoptar respecto a las situaciones adversas contenidas en el presente Informe de Visita de Control, adjuntando la documentación de sustento respectiva.

 

 

Hugo Amanque Chaiña


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