Proponen formación de Comision Investigadora al Ministerio Público en actos de corrupción desde 2018

Hugo Amanque Chaiñafebrero 12, 202415min0
Hugo Amanque Chaiñafebrero 12, 202415min0

Left Banner

Left Banner

Proponen formación de Comision Investigadora al Ministerio Público en actos de corrupción desde 2018

cueto inepto

El congresista José Cueto Aservi, presentó una moción para crear la Comisión Especial Multipartidaria encargada de la Investigación al Ministerio Público Fiscalía de la Nación, en relación a los actos de corrupción relacionados con altos funcionarios públicos en los casos emblemáticos derivados de investigaciones por irregularidades con connotaciones políticas durante los periodos gubernamentales 2018 y siguientes.

La propuesta pretende otorgar a la Comisión Especial de Investigación, las facultades de control político, en la modalidad de investigación, fiscalización y seguimiento, hasta por el plazo de ciento ochenta (120) días hábiles, para determinar las responsabilidades penales, civiles, administrativas o constitucionales a que hubiere lugar por los hechos derivados de actos irregulares de servidores y funcionarios públicos involucrados con las funciones y competencias del Ministerio Público Fiscalía de la Nación.

Entre los argumentos de la moción de Cueto, se señala que, como consecuencia de los actos de corrupción hechos públicos y develados como relevantes desde el periodo gubernamental 2016 y comprendidos particularmente durante el periodo iniciado el 28 de julio de 2021 y el 7 de diciembre de 2022, tras la asunción al mando de la Presidencia de la República por parte del señor José Pedro Castillo Terrones, que por consecuencia a la fecha siguen produciendo graves efectos económicos y sociales con consecuencias negativas en la gobernabilidad e institucionalidad del país en un contexto de grave crisis de corrupción, inseguridad ciudadana, delincuencia y violenta social, en la educación, en el aumento de la pobreza, en la inestabilidad económica y el acceso a oportunidades laborales, entre otros.

Agrega que, como producto de la afectación a la gobernabilidad e institucionalidad en el país en un contexto de grave crisis de corrupción generada, entre otros, por el copamiento de cargos públicos con personas de reprochable moral y la volatilidad de funcionarios en los altos cargos gubernamentales como ministros, viceministros, secretarios generales y directores de línea que se sucedieron consecuencia de escándalos, denuncias y falta de idoneidad, entre los que figura la influencia de la corrupción institucional generalizada, en particular también al interior del sistema de administración de Justicia y en especial en el Ministerio Público Fiscalía de la Nación.

Remarca que, derivado de las testimoniales hechas públicas existiría una presunta vinculación con la decisión expuesta en su Mensaje a la Nación de fecha 7 de diciembre de 2022, por parte del ex Presidente Castillo, mediante la que dispuso entre otros; disolver el Congreso de la República e instaurar un gobierno de emergencia excepcional, convocar a elecciones para un nuevo Congreso con facultades constituyentes para elaborar una nueva constitución, proceder a gobernar mediante decretos ley y declarar en reorganización el sistema de justicia, incluyendo al Poder Judicial, al Ministerio Público, la Junta Nacional de Justicia y el Tribunal Constitucional, con la manifiesta crisis de corrupción político institucional al interior de la Fiscalía de la Nación por la cual sería necesario que el Congreso tome acciones concretas de investigación al interior de dicha institución, sin menoscabo de las atribuciones exclusivas que le son de competencia conforme al artículo 159 de la Constitución Política, al inciso 5 del Artículo 250 de la Carta Fundamental, al Decreto Legislativo ?052 y legislación aplicable.

Sostiene asimismo que, sin perjuicio de las funciones que le son propias al Ministerio Público como defensor de la legalidad y los derechos ciudadanos o de los intereses públicos, de la representación de la sociedad en juicio, así como para velar por la moral pública, la prevención y persecución del delito dentro de las limitaciones de la ley; es por su parte, competencia del Poder Legislativo el establecer comisiones investigadoras, para que expongan elementos de índole político, por los que se emita juicios sobre la conducta funcional de los funcionarios públicos que son objeto de investigación o partícipes de un hecho investigado sin que ello implique necesariamente la imposición de sanciones o la ejecución de un acto que incida sobre la situación jurídica de estos, siendo que, como lo ha precisado también el Tribunal Constitucional, la sola constitución de una comisión investigadora parlamentaria no implica la afectación de un bien constitucional o como en este caso de las funciones que le son propias y de competencia del Ministerio Público.

El parlamentario de extrema derecha, refiere que, habiéndose hecho públicos preocupantes indicios de corrupción al interior del Ministerio Publico Fiscalía de la Nación, en los que figurarían involucrados entre otros, los ex fiscales de Ia Nación Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, Zoraida Avalas Rivera y entre otros, los fiscales a cargo de las coordinaciones del Equipo Especial del caso «Lava Jato», Rafael Ernesto Vela Barba y José Domingo Pérez Gómez, como parte del sistema de Lavado de Activos donde se iniciaran las investigaciones de los dineros ¡legales provenientes de la corrupción de funcionarios con la Constructora Norberto Odebrecht S.A. y personas relacionadas a las informaciones hechas públicas por la Declaración Testimonial del ex asesor de la Fiscal de la Nación suspendida en funciones, Liz Patricia Benavides Vargas, por los hechos acaecidos con posterioridad a la caída del corrupto régimen presidencial antes descrito.

Precisa que, se haría necesario establecer la existencia de posibles vínculos con responsabilidad política funcional entre los presuntos actos de corrupción de expresidentes y altos funcionarios de gobiernos anteriores como el caso del ex Presidente Martín Alberto Vizcarra Cornejo por los que, se habrían ejecutado incluso actuaciones fiscales desde que ejerciera cargos públicos anteriores como el de gobernador de Moquegua, por actos de corrupción vinculados al caso Odebrecht por obras como «Lomas de lio» y el «Hospital de Moquegua», que habrían derivado en investigaciones de juzgados especializados en delitos de corrupción de funcionarios u otros órganos del sistema de justicia que acarran responsabilidad.

Cueto, indica también que, considerando el marco de investigación a realizarse con respecto a los funcionarios del Ministerio Público, que habrían tenido alguna influencia en los casos ligados a la corrupción en el poder, sería igualmente necesario determinar la existencia de posibles vínculos entre estos, con miembros del parlamento nacional con el ilícito fin de lograr el ilegitimo favorecimiento de causas particulares, entre las que se incluye, la posible coordinación de algunos sectores políticos en casos como la pretendida destitución de los integrantes de la Junta Nacional de Justicia, la inhabilitación para el ejercicio de la función pública de ex fiscales de la Nación, entre otros. Que, con relación a los casos de corrupción hechos públicos respecto de la Fiscalía de la Nación, ligados al Equipo de Fiscales contra la Corrupción en el Poder (EFICCOP), sería igualmente necesario determinar los presuntos vínculos políticos y responsabilidades administrativas, civiles o penales de altos funcionarios como la suspendida fiscal de la Nación Liz Patricia Benavides Vargas y la ex fiscal Manta Sania Bárrete» Rivera -entre otros- relacionados a casos como el denominado caso «Valkiria» en torno a las investigaciones contra la fiscal Benavides y la supuesta destrucción de documentos ordenados por la fiscal Marerra Mendoza Sánchez, a su vez denunciada por el fiscal José Domingo Pérez Gómez y la presunta injerencia política del Ministerio Público en la elección del Defensor del Pueblo y otros casos de exclusiva competencia del Congreso de !a República.

Manifiesta que, en abundamiento a la problemática institucional pública, se habría generado igualmente una presunta e ilegítima influencia de medios de comunicación con intermediarios o representantes de estos en informaciones públicas a través de empresas como «La República», «El Comercio» y «Canal N», entre quienes habrían también influido personas públicas como el señor Gustavo Andrés Gorriti Ellenbogen, en casos de competencia y función exclusiva del Ministerio Público, con comunicaciones ¡legitimas que llevarían a presuntos actos de corrupción relacionadas a investigaciones abiertas para facilitar ¡legales accesos a información por los que, también el fiscal Pérez Gómez por las que se habría entregado documentación clasificada y confidencial, que como en el caso del ex Presidente Alan Gabriel Ludwig García Pérez, investigaciones correspondientes al caso Odebrecht y la adjudicación de la Línea 1 del Metro de Lima (Tramos 1 y 2) o los Recibos de sus Conferencias; filtraciones con las que se habría generado el impedimento de salida del país al líder aprista y posteriormente la orden de detención que provocara al final la trágica desaparición del ex mandatario; situaciones que, habrían sido también hechas manifiesto por el ex asesor de la Fiscalía de la Nación cuyas testimoniales hechas públicas develarían otras oscuras influencias de la Fiscalía como en el caso «Cocteles» y otros, por los que su Testimonio involucraría a ex fiscales de la Nación como Pablo Wilfredo Sánchez Velarde concluyendo relevantes influencias en la dirección de las investigaciones al interior de la institución.

Sostiene finalmente que, el Parlamento nacional tiene entre sus funciones prioritarias, el control político de las actuaciones del gobierno y de los organismos públicos, en concordancia con las políticas públicas y nacionales, y sobre todo cuando se trata de procedimientos que implican transparencia en los actos de sus funcionarios públicos y la estabilidad democrática de la Nación, como con la seguridad y estabilidad jurídica a nivel de sociedad, la dirección y aplicación de los controles debidos para el respeto y buena marcha del aparato estatal de manera individual y en su conjunto, por parte de los titulares de cada sector, con especial énfasis en la institución que supone la titularidad institucional del estado en la defensa de la legalidad y los derechos ciudadanos así como la de intereses públicos en representación de la sociedad velando por la moral pública y la prevención y persecución del delito.

Breve comentario del tema

Lo que llama la atención de la moción del congresista de extrema derecha, José Cueto, es que no menciona nada sobre la investigación que debe efectuarse al presidente del Congreso, Alejandro Soto, a la congresista Martha Moyano, al congresista Miguel Balcazar y a su colega congresista, Patricia Chirinos, mencionados también en las declaraciones del asesor Villanueva. Cueto solo menciona a políticos opositores, a los fiscales e incluso al periodista Gorriti. Pero nada dice sobre la investigación a sus colegas, ni siquiera que estos casos sean derivados a la Comision de Ética, ya que los congresistas según su Código de Ética, sirven a la nación y no pueden incurrir en lobys ni interferir en otros organismos de estado respetando el principio de separación de poderes por mandato constitucional.  En síntesis. Cueto, pone en evidencia una vez aquel adagio popular que afirma que, “otorongo no come otorongo”. Una comprobación más del tipo de padrastros de la patria que tenemos hoy en el Parlamento que no tiene respaldo popular.

Hugo Amanque Chaiña – Periodista y Abogado.

 

Hugo Amanque Chaiña


Post Banner

Post Banner