Congreso define el jueves si destituye o no a magistrados del JNE por presuntas faltas graves
En su sesión plenaria del jueves 02 de noviembre, el Congreso debatirá el informe final de la Comisión que presidió la congresista, Milagros Rivas, presidenta de la Comisión de Justicia, quienes emitieron cinco conclusiones respecto a la presuntas causales de falta grave que habrían incurrido los magistrados de la Junta Nacional de Justicia y podrían ser destituidos de sus cargos, siempre y cuando se alcance 87 votos de los congresistas, según lo establece la Constitución.
De las cinco conclusiones, en tres de ellas, la comisión por mayoría, encontró que los miembros de la JNJ habrían incurrido en falta grave. Ellas son, a) por emitir comunicado sobre un proceso realizado en el Congreso e incumplir su deber de imparcialidad, b) por permitir que una magistrada permanezca en su cargo en la JNJ pese a que superó la edad de 75 años para ejercer la funcion, c) por no cumplir con presentar oportunamente el informe final de la JNJ al Congreso como ordena la Constitucion y la ley organica de la JNJ.
El informe final de la Comisión, recomienda al pleno del Congreso aplicar el artículo 157 de la Carta Magna, que afirma que, “Los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura pueden ser removidos por causa grave mediante acuerdo del Congreso adoptado con el voto conforme de los dos tercios del número legal de miembros”.
Sobre este tema, la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima, admitió a trámite el 23 de octubre la demanda de amparo interpuesta por los siete magistrados de la Junta Nacional de Justicia, quienes solicitan en su petitorio principal de conformidad con el artículo 1 del Código Procesal Constitucional, que, reponiendo las cosas al estado anterior a sus derechos constitucionales a la independencia funcional y al debido proceso, se declare la nulidad del Acuerdo adoptado el 7 de setiembre de 2023.
Sostienen que dicho acuerdo del Pleno del Congreso de la República, aprobó la Moción de Orden del Día 7565 y dispuso encargar a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos la “investigación sumaria” a los miembros de la Junta Nacional de Justicia por causa grave, con el propósito de removerlos, invocando para ello el artículo 157 de la Constitución y en atención a los hechos expuestos en la parte considerativa de dicha Moción.
Los magistrados de la JNJ en su petición accesoria, solicitan asimismo que se declare la nulidad de todo lo actuado en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República, en virtud del Acuerdo mediante el cual el Pleno del Congreso de la República aprobó la Moción de Orden del Día 7565, así como la nulidad de todas las acciones y acuerdos ulteriores que pudieran derivarse respecto de la dicha moción, orientados a la remoción de los miembros de la Junta Nacional de Justicia.
Se desconoce si se llegarán a los 87 votos de congresistas para poder destituir por presunta falta grave a los magistrados de la Junta Nacional de Justicia. Por ser de interes público el tema, reproducimos las conclusiones finales del informe de dicha Comisión Especial.
Conclusiones
- Respecto a la supuesta injerencia a la independencia de poderes por emitir el pronunciamiento de fecha 23 de mayo del 2023, por la Junta Nacional de Justicia mediante el cual invoca al Congreso mayor reflexión sobre el proceso de antejuicio y juicio politico de la ex fiscal de la Nación, Zoraida Avalos:
“La Comisión concluye que los Sres., Imelda Tumilian Pinto, Alejandro Vasquez Rios, Henry Ávila Herrera, Antonio de la Haza, e Inés Tello Valcárcel, se encuentra causa grave, toda vez que el comunicado escrito, colgado y difundido es un documento público que versa sobre un caso que se encontraba en proceso en otro fuero, y porque no cumplieron con su deber de imparcialidad”.
- Respecto a la supuesta intromisión ante los miembros de la Sala Plena de la Corte Suprema para pronunciarse a favor de la inhabilitada ex fiscal de la Nación, Zoraida Avalos:
“La Comisión concluye que los miembros de la JNJ, Antonio de la Haza, Julia Tumialan y Maria Zavala, no es posible determinar la existencia de causa grave, puesto que del análisis de los hechos y las declaraciones de los involucrados, la información difundida en el programa “Combuters” y el Diario Expreso, respecto de una supuesta intromisión a los miembros de la Sala Plena de la Corte Suprema no genera el mínimo de certeza requerido, toda vez que no existe medio probatorio alguno que permita corrobar su veracidad”.
- Sobre la interpretación del numeral 3) del artículo 156 de la Constitución Politica respecto a la edad para ser miembro de la Junta Nacional de Justicia:
“La Comisión concluye que los Sres. miembros de la JNJ, Aldo Vasquez, Henry Ávila, Antonio de la Haza, Maria Zavala, Guillermo Thornberry, Imelda Tumilian e Inés Tello, se encuentra causa grave por incumplir con el 156 inciso 3 de la Constitución, debido a que según su exposición de motivos de la ley de reforma constitucional de dicho artículo, la interpretación de dicha disposición se refería a una edad para la permanencia en el cargo, y no solo como requisito para postular. Por lo tanto, se debe proceder conforme al artículo 157 de la Constitución”.
- Por supuestamente no cumplir con su deber constitucional y su propia ley orgánica, de presentar un informe anual al pleno del Congreso:
“La Comisión concluye que los miembros de la JNJ, Inés Tello, Henry Ávila, Aldo Vasquez, Antonio de la Haza, Maria Zavala, Guillermo Thornberry, e Imelda Tumialan, han incurrido en causa grave, debido a que no cumplieron con su deber constitucional y su propia ley orgánica, de presentar un informe anual al Congreso, habiéndolo hecho de manera no oportuna. Por lo tanto, se debe proceder conforme al artículo 157 de la Constitución”.
- Sobre la supuesta filtración a IDL Reporteros, del procedimiento disciplinario, por parte de la Junta Nacional de Justicia contra la fiscal de la Nación, Patricia Benavides:
“La Comisión concluye que los miembros de la JNJ, Aldo Vasquez, Henry Ávila, Antonio de la Haza, Guillermo Thornberry, Inés Tello e Imelda Tumialan, se desestima la existencia de causa grave, toda vez que conforme a los documentos que obran en la Comisión y los actuados, no se ha podido corroborar que la investigación que se le sigue contra la Fiscal de la Nación haya culminado, ni que la supuesta filtración haya sido realizada por algun o algunos miembros de la JNJ”.