Pretenden prohibir que Universidades y Colegios Profesionales cobren por documentos para colegiarse o estudios de pre y posgrado
La congresista Jackelyn Ugarte presentó el proyecto de ley de fortalecimiento de la simplificación administrativa para disminuir los costos de colegiatura profesional y estudios universitarios de pre y postgrado para lo cual es necesario modificar el Decreto Legislativo N° 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa.
La propuesta legislativa propone modificar los artículos 4 y 5 literal g) del Decreto Legislativo N° 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa y propone el siguiente texto: «Artículo 4.- Prohibición de la exigencia de información a los usuarios y administrados Las entidades de /a Administración Pública están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 del presente Decreto Legislativo. Los colegios profesionales y las universidades públicas y privadas en los procesos de inscripción de pos grado, segunda especialidad y segunda carrera solo pueden requerir a los administrados o usuarios, acreditar el grado de bachiller o la obtención del título profesional, según corresponda, para lo cual, los colegios profesionales y las universidades públicas y privadas se encuentran obligados a realizar la verificación directa en el Registro Nacional de Grados y Títulos de libre acceso del portal web de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) como requisito previo para continuar con el trámite de colegiatura o inscripción.
Si de la verificación en el registro nacional de grados y títulos de libre acceso del portal web de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), el grado de bachiller o la obtención del título profesional, según corresponda, se encuentra inscrito, los colegios profesionales y las universidades públicas y privadas se encuentran prohibidos, bajo sanción administrativa, de solicitar cualquier tipo de documentación relacionada de forma directa o indirecta a grados y títulos.»
La propuesta de modificación del artículo 5, refiere que las “ entidades de la Administración Pública están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios, en el marco de un procedimiento o trámite administrativo, incluidos los procesos de colegiatura profesional y estudios de posgrado, segunda especialidad y segunda carrera, los siguientes documentos: …) g) Cualquier otro requisito que acredite o proporcione información que conste en registros de libre acceso a través de internet u otro medio de comunicación pública, en el cual se incluyen los grados y títulos inscritos en el Registro Nacional de Grados y Títulos de libre acceso del portal web de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU)”.
En la exposición de motivos del proyecto de ley, la congresista Ugarte, afirma que los colegios profesionales y universidades exigen excesivos trámites burocráticos en la presentación de expedientes y resume que los peruanos han gastado —teniendo en cuenta que no se ha utilizado la totalidad de colegios profesionales y que el monto que se está usando es mínimo 80 millones 785 mil soles en documentación que ahora ya se encuentra pública y gratuitamente accesible a la ciudadanía, por lo que es necesaria la modificación de la actual legislación.