Congresista Bellido presentó proyecto de amnistía por mensaje de Castillo y excarcelar a los procesados

El Peruano
El congresista Guido Bellido de Perú Bicentenario presentó el viernes 23 de junio el proyecto de ley de cinco artículos ante el Congreso Nacional que tiene por objeto conceder amnistía a quienes participaron en la redacción y/o lectura del documento que contiene el mensaje a la nación del 07 de diciembre del 2022 propalado por el entonces Presidente de la República Pedro Castillo Terrones, por ausencia de lesión a bienes jurídicos amparados por el marco normativo penal.
La propuesta legislativa pretende conceder el beneficio de amnistía a todos quienes se encuentren denunciados, investigados, procesados o condenados por todos los hechos precedentes, derivados u originados con ocasión o como consecuencia de la redacción y/o lectura del documento que contiene el mensaje a la nación del 07 de diciembre del 2022. Los hechos o delitos comprendidos en la presente amnistía, no son susceptibles de investigación y/o proceso; quedando, todos los casos, en trámite o en ejecución, ante el Ministerio Público y/o el Poder Judicial, archivados definitivamente.
El proyecto de ley agrega que el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo, anularán los antecedentes policiales, judiciales o penales, que pudieran haberse registrado contra los amnistiados por esta Ley, así como dejar sin efecto cualquier medida cautelar de carácter personal o real, y todo monto por concepto de reparación civil que pese sobre las personas comprendidas en la presente Ley. Señala asimismo que el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo proceden, de manera inmediata, bajo responsabilidad funcional, a excarcelar a los amnistiados que estuvieran sufriendo arresto, detención, prisión o pena privativa de la libertad por los hechos comprendidos en la presente ley.
En la exposición de motivos del proyecto de ley de Bellido, refiere que en el último siglo se han dado siete leyes de amnistía por el parlamento nacional. La Ley 963 del 03 de febrero de 1910, la Ley 1,409 del 30 de setiembre de 1911, la Ley 2787 del 30 de octubre de 1918, la Ley 23215 del 02 de agosto de 1980, la Ley 26479 del 15 de junio de 1995, la Ley 27381 del 22 de diciembre del año 2,000 y la Ley 27534 del 20 de octubre del 2001.
El argumento principal del proyecto de ley de Bellido es que culminado el mensaje a la nación el 07 de diciembre del 2022, el Congreso de la República convocó a una Sesión Extraordinaria del Pleno para las 12:30 pm con el fin debatir y llevar a votación la vacancia del Presidente de la República que estaba programada para las 15:00 pm; sesión que culminó con la vacancia presidencial y posterior detención por parte de la Policía Nacional del Perú por la condición de flagrancia por la presunta comisión de los delitos de rebelión y conspiración; para luego ser puesto a disposición del Ministerio Público quien a través del Órgano Jurisdiccional consiguió que se le imponga 18 meses de prisión preventiva.
Bellido, sostiene que en el mensaje a la nación leído por Pedro Castillo Terrones, se establecía un gobierno de excepción y disponía: Disolución del Congreso de la República, Instauración de un gobierno de emergencia excepcional, Convocatoria inmediata a elecciones de nuevo Congreso de la República con facultades constituyentes para elaboración de nueva constitución, Gobierno mediante emisión de decretos ley, Toque de queda, Reorganización del Poder Judicial, el Ministerio Público, la Junta Nacional de Justicia y el Tribunal Constitucional. Estas disposiciones que nunca se cumplieron, ni se realizaron actos mínimos encaminados a dichos fines; por el contrario, fueron la causa, razón y motivación para destituirlo del cargo presidencial.
El parlamentario de izquierda refiere finalmente que una sociedad fragmentada y dividida, en la que prevalecen el odio, el rencor y la polarización, no puede avanzar ni alcanzar los fines y objetivos necesarios para el desarrollo y progreso del país. En un contexto como este, es fundamental buscar mecanismos que permitan superar las divisiones y construir una sociedad cohesionada y unida. En ese contexto, considera que la amnistía puede ser un instrumento que permita promover la reconciliación nacional y restablecer la paz social en el país.