Plantean que cargos de Directores se UGELS sean sometidos a concurso público

Caretas
El congresista Flavio Cruz presentó el lunes 10 de abril el proyecto de ley por el cual promueve la transparencia y meritocracia en el acceso al cargo de Director de las Unidades de Gestion Educativa Local por lo que plantea la modificación del artículo 35 de la Ley de Reforma Magisterial.
La modificación planteada la siguiente propuesta: “Artículo 35. Cargos del Área de Gestión Institucional. Lo cargos del Área de Gestión Institucional son los siguientes: a) Director de Unidad de Gestión Educativa Local. Es un cargo que se accede por concurso público, y se designa al que ocupe el primer lugar entre los postulantes mejor calificados en el correspondiente concurso, ante la generación de plaza vacante, se encarga según el respectivo cuadro de méritos. El profesor postulante debe estar ubicado entre la quinta y octava escala magisterial”.
El congresista Cruz, sostiene que actualmente el profesor que logra ocupar el cargo de director de una Unidad de Gestión Educativa Local, no necesariamente es el docente que logró ocupar el primer lugar en el respectivo cuadro de méritos, muy a pesar de que se realiza un concurso público la norma motivo de propuesta de modificación permite que el director Regional de Educación o gerente Regional de Educación designe discrecionalmente como director de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) desconociendo a quien resultó ganador en el concurso, lo que constituye un acto ilegal y discriminatorio, y ciertamente una vulneración al principio meritocráticos consagrado en la Ley de Reforma Magisterial, Ley N a 29944.
El parlamentario agrega que los profesionales de educación que participan en los concursos públicos de acceso al cargo de director de UGEL lo hacen en el marco del principio meritocráticos, sin embargo, se consuma un acto de discriminación cuando se le otorga la potestad de elección al Director Regional de Educación para elegir entre los tres docentes que ocuparon tos primeros puestos, así en los concursos desarrollados desde la vigencia de la Ley de Reforma Magisterial, fueron designados como director de UGEL los docentes que se ubicaron en el segundo y tercer lugar del respectivo cuadro de méritos, quedando marginados los docentes que lograron ocupar los primeros puestos en el concurso público de méritos, por lo que queda acreditado la consumación del agravio a la dignidad humana del profesional de educación, y una vulneración al principio de meritocracia establecido en la Ley de Reforma Magisterial.