Proponen vacar cargo de gobernador si no ejecuta 70% de presupuesto anual de inversiones

pressadminmarzo 11, 20235min0
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Proponen vacar cargo de gobernador si no ejecuta 70% de presupuesto anual de inversiones

rohel vacado

La congresista Elizabeth Medina Hermosilla, presentó el proyecto de ley que incorpora nuevas causales de vacancia para el cargo de gobernador regional y tiene como finalidad promover la ejecución eficiente del gasto público y prevenir y controlar la corrupción en las entidades estatales.

La propuesta de la congresista propone modificar el artículo 30 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales en los siguientes términos. Artículo 30, literal 6: “La ejecución menor al 70% del total de inversiones, sumando todas las fuentes del presupuesto institucional modificado (PIM), al cierre del año fiscal.

Asimismo, pretende modificar el artículo 30. 7 en los siguientes términos: “Por omitir dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley N°27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 021- 2019-JUS.».

En la exposición de motivos del proyecto de ley, se afirma que, La Sociedad de Comercio Exterior del Perú (COMEX PERU) en su reporte de eficacia del gasto público del año 2022 evidencia que cuatro departamentos no gastaron ni la mitad de sus presupuestos en proyectos de inversión, siendo estos Huánuco (32%), Cajamarca (41%), Áncash (45%), Tumbes (48%), Arequipa (21%).

En este sentido que se hace urgente y necesario proponer reformas destinadas a promover la eficiencia del gasto público y desincentivar la mala práctica de los gobiernos subnacionales de tener una baja ejecución presupuestal, siendo una de estas reformas la configuración de la vacancia del cargo de Presidente Regional cuando este tenga una ejecución menor al 70% del Presupuesto Institucional Modificado (PIM), al cierre del año fiscal.

Asimismo, el proyecto de ley, refiere que, a pesar que el artículo 4° T.U.0 de la Ley N°27806, establece sanciones administrativas para los funcionarios o servidores públicos que incumplan las disposiciones contenidas en el T.U.0 de la Ley N°27806 e incluso la posibilidad de ser denunciados penalmente por la comisión de delito de Abuso de Autoridad (artículo 377 del Código Penal), esto no ha servido como incentivo para que los gobernadores cumplan con publicar y/o mantener actualizada la información en los portales de transparencia de los gobiernos regionales (información a que se refiere el artículo 5° T.U.0 de la Ley N°27806), decimos esto porque sólo 4 de los 25 gobiernos regionales, cumplió con publicar la información a que se refiere el artículo 5° T.U.0 de la Ley N°27806).

El contralor Nelson Shack reveló que en el año 2021 los actos de corrupción ocasionaron al país un perjuicio económico estimado en S/ 24,262 millones, de los cuales S/ 11,057 millones (10.4%) corresponden al Gobierno Nacional, S/ 8,842 millones (21.9%) a los Gobiernos Regionales y S/ 4,362 millones (13.9%) a los Gobiernos Locales respectivamente.

Que, el incumplimiento por parte de los gobiernos regionales de la norma contenida en el artículo 5 0 T.U.0 de la Ley N°27806, que contempla la publicidad del uso de los recursos públicos y de la gestión de las entidades públicas, impide que los ciudadanos puedan realizar el control de los actos del poder público, situación que debe ser corregida con la sanción de vacancia del gobernador regional, no sólo por ser la máxima autoridad, representante legal y titular del pliego, sino también porque su principal función es dirigir y supervisar la marcha del gobierno regional y de sus órganos ejecutivos, administrativos y técnicos conforme lo establece el artículo 21° inciso a) de la de la Ley N°27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

 

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