Sancionarán con 4 años de cárcel a autoridades que designen funcionarios sin reunir requisitos según Ley 31676
Ius Latin
El Congreso promulgó la Ley 31676 en el diario oficial por el cual se modifica el artículo 381 del Código Penal, promulgado por el Decreto Legislativo 635, en los siguientes términos: “Artículo 381. Nombramiento, designación, contratación, encargatura o aceptación ilegal de cargo. El funcionario público que nombra, designa, contrata o encarga a persona en quien no concurren los requisitos legales para un cargo público, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y con sesenta a ciento veinte días-multa. El que acepta el cargo sin contar con los requisitos legales será reprimido con las mismas penas”.
Fue el congresista Jorge Montoya quien presentó el proyecto de ley en marzo del 2022, afirmando que el delito de nombramiento y aceptación ilegal de cargo publico (artículo 381 del Código Penal) está sancionado con 60 a 120 días multa, que no ha tenido efecto disuasivo esperado, tanto más si conforme al quinto párrafo del artículo 83 del Código Penal, la acción penal para los días-multa prescribe a los dos años.
Según Montoya, eso explica que el delito de nombramiento y aceptación ilegal del cargo público se siga cometiendo con mayor medida en el interior del país. Agrega que, en los tres niveles de gobierno, en el último quinquenio en los medios de comunicación se ha denunciado que las autoridades han nombrado, designado o encargado cargos a personas que no cumplían con los requisitos legales para asumirlos, ni en el reglamento de organización y funciones ni tampoco en el manual de organización y funciones.
Entre ellos, el ex gobernador de Arequipa, Elmer Cáceres, a quien la Contraloria solicitó denunciar penalmente por designar a tres funcionarios regionales sin cumplir los requisitos legales, sucediendo lo mismo en Lambayeque, Chiclayo, Puno, Piura, La Libertad, Loreto, Pasco, etc. Agrega que el Ministerio Público formalizó pocas denuncias penales ante el Poder Judicial, mientras que la Contraloría si efectuó denuncias en sus informes de control en los últimos años. En tal razón es necesario elevar la pena a los funcionarios publicos que cometan dicho delito a pena privativa de libertad no menor ni mayor de cuatro años.