pressadmindiciembre 4, 20223min286

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La medida cautelar, ¿suspende el golpe de estado?

disuelven congreso

La disolución constitucional del Congreso de la República, se estableció en la Constitución de 1979, ante la discutida experiencia del Parlamento 1963-1968; donde, los gabinetes ministeriales del Primer Gobierno de Fernando Belaúnde, fueron frecuentemente interpelados y censurados, por la mayoría congresal APRA-Odriista; por lo que se puso límite a esa potestad parlamentaria, en su artículo 227, “El Presidente de la República está facultado para disolver la Cámara de Diputados si ésta ha censurado o negado confianza a tres Consejos de Ministros”.

Mario Vargas Llosa, como candidato presidencial en 1990, planteó Reformas Neoliberales, para superar el fracaso del estatismo velasquista continuado por Belaúnde y García. Ante la posibilidad que el Parlamento no apruebe sus reformas, consideró la opción de hacer “cuestión de confianza”; de ser denegadas tres veces, disolvería el Congreso, convocando elecciones parlamentarias, a fin, que la nueva representación haga suya las reformas vargasllosianas.

Alberto Fujimori, disolvió el Congreso, fuera del marco constitucional, porque le era adverso y quiso tener su mayoría; pudo sostenerse, gracias a la masiva aprobación del pueblo peruano y de muchos que ahora son anti fujimoristas. Los ministros y generales que avalaron el cierre del Congreso, fueron condenados por delito de rebelión. Martín Vizcarra, “disolvió” el Parlamento, con la tesis de la “negación fáctica” perteneciente al ¿constitucionalista? César Landa.

El Presidente Pedro Castillo, habría estado pretendiendo disolver al Congreso, sin acudir a la vía fujimorista ni vizcarrista, sino, creando su propia interpretación negacionista, consumado en el acta del consejo de ministros, donde han calificado de negación, el rechazo de plano del Primer Poder del Estado, a la cuestión de confianza de Aníbal Torres.

El Congreso, demostrando haber aprendido la lección, ha interpuesto demanda competencial, contra el Poder Ejecutivo, formulando Medida Cautelar; las cuales se ha admitido y declarado Fundada, respectivamente, por el Tribunal Constitucional. En consecuencia, el Presidente Castillo, no cuenta con cuestión de confianza denegada, conservando el Parlamento sus dos balas de plata y oro. ¿Se acabaron los golpes de Estado en el Perú?

Edgar Lajo Paredes – Abogado

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