El año 2024 empresas eléctricas deben retirar cableado eléctrico en mal estado señala Ley 31595

pressadminoctubre 28, 20223min0
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El año 2024 empresas eléctricas deben retirar cableado eléctrico en mal estado señala Ley 31595

cableados

El presidente Pedro Castillo promulgó la Ley 31595 que aprobó el Congreso que tiene por objeto establecer la descontaminación ambiental mediante el retiro del cableado aéreo de los servicios de electricidad y de telecomunicaciones que se encuentren en mal estado o en desuso en las zonas urbanas del país, a fin de garantizar la seguridad de la población y el derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado.

La nueva ley se aplica a las zonas urbanas donde se detecte instalaciones de cableado aéreo en mal estado o en desuso. Se entiende por zona urbana las áreas definidas por la Ley 30477, Ley que regula la ejecución de obras de servicios públicos autorizadas por las municipalidades en las áreas de dominio público.

La ley publicada señala que las empresas concesionarias de servicios de electricidad y de telecomunicaciones, así como las empresas proveedoras de infraestructura pasiva de telecomunicaciones, según corresponda, en un plazo no mayor a veinticuatro meses, contados desde la entrada en vigencia del reglamento de la presente ley, deben retirar el cableado aéreo en desuso o en mal estado que se encuentre en las zonas urbanas, sin trasladar los costos del retiro en las tarifas al público consumidor.

El retiro del cableado queda sujeto a la supervisión ambiental por parte de la entidad de fiscalización ambiental competente, de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental. Asimismo, queda sujeto a la supervisión por parte de las municipalidades provinciales y distritales de la zona contaminada, únicamente en los aspectos de sus competencias, de conformidad con la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley 30477, Ley que regula la ejecución de obras de servicios públicos autorizadas por las municipalidades en las áreas de dominio público.

La ley indica que el incumplimiento de la norma legal constituye infracción muy grave sancionable con multa impuesta por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), por el monto comprendido entre 5 y 20 UIT, de acuerdo al marco normativo aplicable. En la disposición complementaria transitoria afirma que el poder ejecutivo en un plazo de noventa (90) días calendario contados desde la fecha de publicación de la presente ley, aprueba y publica los reglamentos de la presente ley y de la Ley 30477, Ley que regula la ejecución de obras de servicios públicos autorizadas por las municipalidades en las áreas de dominio público.

 

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