Alcalde de la Joya no presentó declaración jurada de intereses ante Contraloría

pressadminjulio 23, 202210min0
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Alcalde de la Joya no presentó declaración jurada de intereses ante Contraloría

luna joya

Imagen: La Gazzeta

El alcalde distrital de la Joya, Gilmar Luna Boyer, no acreditó ante la Contraloría el registro en el sistema de declaraciones juradas de intereses al que estaba obligado en su presentación lo que afecta al control, detección y prevención del conflicto de intereses en el ejercicio del cargo y la función pública, refiere en resumen el informe de oficio posterior 1414-2022 de la Contraloría.

El informe detalla que, a través de la Hoja Informativa N.° 000089-2021-CG/GDJ de 29 de noviembre de 2021, la mencionada Subgerencia informó que, con la finalidad de identificar cuántas entidades cumplieron con la acreditación de su máxima autoridad administrativa, realizó un corte de la información contenida en el Sistema de Declaración Jurada para la Gestión de Conflicto de Intereses – SIDJI a las 08:00 horas del día 24 de noviembre de 2021, actualizando dicha información mediante Memorando N.° 0000092-2022-CG/GDJ, del 16 de marzo de 2022, realizando el corte en la misma fecha, identificando que el Titular de la Municipalidad Distrital de La Joya no cumplió con la acreditación correspondiente de la máxima autoridad administrativa ante la Contraloría.

De ello se desprende que, la no acreditación de la máxima autoridad administrativa, Gilmar Luna, como titular de la entidad y consecuentemente la no remisión de los accesos a la máxima autoridad administrativa por parte de la Contraloría , conllevaría al incumplimiento de la presentación de la declaración jurada de intereses de los sujetos obligados, y dicho incumplimiento evita desarrollar los objetivos previstos por la normativa para la gestión de conflicto de intereses, toda vez que no permite que la Contraloría tome acciones de prevención y mitigación de conflicto de intereses . Asimismo, al no registrarse a los sujetos obligados, no se podrá obtener reportes del número de funcionarios o servidores que por entidad se encuentran obligados a presentar la declaración jurada, es decir, no se conocerá quienes son los servidores o funcionario que por entidad se encuentran obligados a presentar una DJI.

El informe indica que de acuerdo al artículo 5° de la Ley n.° 31227, el incumplimiento de la presentación de las declaraciones juradas de intereses establecidos en los incisos b) y c) o la presentación tardía, incompleta o falsa dará lugar a la respectiva sanción administrativa a cargo de la Contraloría General de la República. La situación expuesta contraviene la siguiente normativa: La Directiva n.° 009-2021-CG/GDJ “Presentación y archivo de la declaración jurada de intereses de autoridades, funcionarios(as) y servidores(as) públicos(as) del Estado, y candidatos(as) a cargos públicos” aprobada por Resolución de Contraloría n.° 219-2021-CG de 7 de octubre de 2021.

Esta situación, afecta el trámite de registro de los obligados a presentar Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflictos de Intereses – DJI y conlleva al incumplimiento de la no presentación de la referida DJI; en ese sentido, afecta al control, detección y prevención del conflicto de intereses, en el ejercicio del cargo o función pública.

Entre las recomendaciones del informe, se da cuenta que el Titular de la Municipalidad de La Joya, debe comunicar al Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de La Joya, a través del plan de acción, las acciones que implemente respecto al hecho con indicio de irregularidad identificado en el presente Informe de Acción de Oficio Posterior en un plazo no mayor de veinte (20) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de recibido el presente Informe.

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El alcalde distrital de la Joya, Gilmar Luna Boyer, no acreditó ante la Contraloría el registro en el sistema de declaraciones juradas de intereses al que estaba obligado en su presentación lo que afecta al control, detección y prevención del conflicto de intereses en el ejercicio del cargo y la función pública, refiere en resumen el informe de oficio posterior 1414-2022 de la Contraloría.

El informe detalla que, a través de la Hoja Informativa N° 000089-2021-CG/GDJ de 29 de noviembre de 2021, la mencionada Subgerencia informó que, con la finalidad de identificar cuántas entidades cumplieron con la acreditación de su máxima autoridad administrativa, realizó un corte de la información contenida en el Sistema de Declaración Jurada para la Gestión de Conflicto de Intereses – SIDJI a las 08:00 horas del día 24 de noviembre de 2021, actualizando dicha información mediante Memorando N° 0000092-2022-CG/GDJ, del 16 de marzo de 2022, realizando el corte en la misma fecha, identificando que el Titular de la Municipalidad Distrital de La Joya no cumplió con la acreditación correspondiente de la máxima autoridad administrativa ante la Contraloría.

De ello se desprende que, la no acreditación de la máxima autoridad administrativa, Gilmar Luna, como titular de la entidad y consecuentemente la no remisión de los accesos a la máxima autoridad administrativa por parte de la Contraloría , conllevaría al incumplimiento de la presentación de la declaración jurada de intereses de los sujetos obligados, y dicho incumplimiento evita desarrollar los objetivos previstos por la normativa para la gestión de conflicto de intereses, toda vez que no permite que la Contraloría tome acciones de prevención y mitigación de conflicto de intereses . Asimismo, al no registrarse a los sujetos obligados, no se podrá obtener reportes del número de funcionarios o servidores que por entidad se encuentran obligados a presentar la declaración jurada, es decir, no se conocerá quienes son los servidores o funcionario que por entidad se encuentran obligados a presentar una DJI.

El informe indica que de acuerdo al artículo 5° de la Ley N° 31227, el incumplimiento de la presentación de las declaraciones juradas de intereses establecidos en los incisos b) y c) o la presentación tardía, incompleta o falsa dará lugar a la respectiva sanción administrativa a cargo de la Contraloría General de la República. La situación expuesta contraviene la siguiente normativa: La Directiva N° 009-2021-CG/GDJ “Presentación y archivo de la declaración jurada de intereses de autoridades, funcionarios(as) y servidores(as) públicos(as) del Estado, y candidatos(as) a cargos públicos” aprobada por Resolución de Contraloría N° 219-2021-CG de 7 de octubre de 2021.

Esta situación, afecta el trámite de registro de los obligados a presentar Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflictos de Intereses – DJI y conlleva al incumplimiento de la no presentación de la referida DJI; en ese sentido, afecta al control, detección y prevención del conflicto de intereses, en el ejercicio del cargo o función pública.

Entre las recomendaciones del informe, se da cuenta que el Titular de la Municipalidad de La Joya, debe comunicar al Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de La Joya, a través del plan de acción, las acciones que implemente respecto al hecho con indicio de irregularidad identificado en el presente Informe de Acción de Oficio Posterior en un plazo no mayor de veinte (20) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de recibido el presente Informe.

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