MIDRAGI aprobó plan de emergencia agrario 2022
El ministro de agricultura Oscar Zea, mediante resolución ministerial 0140-2022-MIDAGRI, publicado en el diario oficial, aprobó el Plan de Emergencia Agrario, en el marco de la Declaratoria de Emergencia del Sector Agrario y de Riego a nivel nacional, aprobada por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 003-2022-MIDAGRI, Decreto Supremo que declara en Emergencia el Sector Agrario y de Riego.
La resolución señala que el seguimiento al Plan de emergencia estará a cargo de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas–DGESEP, conforme a lo establecido en el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 003-2022-MIDAGRI, Decreto Supremo que declara en Emergencia el Sector Agrario y de Riego y, a sus funciones establecidas en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI.
Dicha dirección realizará los siguiente: a) Realizará el seguimiento y evaluación de las medidas contenidas en el Plan de Emergencia Agrario, b) Elaborará los indicadores correspondientes, en coordinación con las unidades de organización, programas y organismos públicos adscritos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, que ejecutan las actividades del referido Plan de Emergencia Agrario.
Entre los considerandos más importantes de la resolución del MIDAGRI, se afirma que el Plan Nacional de Agricultura Familiar 2019-2021, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2019-MINAGRI, que mantiene su vigencia de conformidad con el artículo 11 de la Ley N° 30355, Ley de Promoción y Desarrollo de la Agricultura Familiar, y su modificatoria, tiene por objetivo general mejorar los ingresos de los productores y productoras de la agricultura familiar de manera sostenible, y, entre otro, el Objetivo Específico 1: Incrementar el nivel de productividad de los agricultores y agricultoras familiares, y el Objetivo Específico 2: Incremento en los niveles de seguridad alimentaria de los agricultores y agricultoras familiares.
Asimismo, que, la “Política Nacional Agraria 2021–2030”, aprobada por Decreto Supremo N° 017-2021-MIDAGRI, establece, entre otros, el Objetivo Prioritario 1, Incrementar el nivel de integración vertical de los productores agrarios en la cadena de valor; y, el Objetivo Prioritario 2, Reducir la proporción de los productores agrarios familiares en el nivel de subsistencia; por lo que es necesario aprobar el plan de emergencia agrario.