Proponen que hasta los 2026 docentes obtengan maestrías para continuar dictando cátedra

Hugo Amanque Chaiñaoctubre 6, 20217min0
Hugo Amanque Chaiñaoctubre 6, 20217min0

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Proponen que hasta los 2026 docentes obtengan maestrías para continuar dictando cátedra

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La congresista Elizabeth Medina Hermosilla de Perú Libre presentó el proyecto de ley que amplía el plazo de adecuación de docentes de las universidades públicas y privadas de los requisitos de la Ley 30220, precisados en la tercera disposición complementaria transitoria de la referida Ley y el artículo 4 del Decreto Legislativo 1496.

El proyecto plantea en resumen que se amplié el plazo de adecuación de docentes de las universidades públicas y privadas a los requisitos de la Ley Universitaria N° 30220, establecido en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la citada Ley, y el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1496, hasta el 30 de noviembre del 2026, de lo contrario son considerados en la categoría que les corresponda o concluye su vínculo contractual, según corresponda. La presente Ley alcanza a todos los docentes de las universidades, sean públicas o privadas, que se encontraban laborando a la entrada en vigencia de Ley 30220 (10 de julio de 2014).

La congresista Medina afirma que la Ley N° 30220, en adelante Ley Universitaria, establece en su Artículo 82 requisitos para el ejercicio de la docencia universitaria, como docente ordinario y contratado es obligatorio poseer: 82.1, el grado de Maestro para la formación en el nivel de pregrado, mientras que el 82.2 El grado de Maestro o Doctor para maestrías y programas de especialización. 82.3, el grado de Doctor para la formación a nivel de doctorado. Además, en las Disposiciones Complementarias Transitorias se estableció que el plazo de adecuación de docentes de la universidad pública y privada. Los docentes que no cumplan con los requisitos a la entrada en vigencia de la presente ley, tienen hasta cinco (5) años para adecuarse a esta; de lo contrario, son considerados en la categoría que les corresponda o concluye su vínculo contractual, según corresponda.

El proyecto agrega que con fecha 10 de mayo de 2020, se promulgó el Decreto Legislativo 1496, que en su artículo 4° amplía el plazo de adecuación de docentes de las universidades públicas y privadas a los requisitos de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, con el texto siguiente: «Artículo 4.- Ampliación de/ plazo de adecuación de los docentes de las universidades públicas y privadas. Amplíase el plazo de adecuación de docentes de las universidades públicas y privadas a los requisitos de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establecido en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la referida Ley, hasta el 30 de noviembre de 2021; de lo contrario, son considerados en la categoría que les corresponda o concluye su vínculo contractual, según corresponda.»

La parlamentaria afirma que con la aplicación del plazo señalado para la adecuación a la Ley N° 30220, el 30 de noviembre del 2021, se generaría un problema social, pues serán afectados aproximadamente un 24% de los docentes universitarios (dato recogido en la Dirección General de Educación Superior del Ministerio de Educación), los que sumarían aproximadamente 4,210 profesionales afectados, sin contar los de la universidad privada. La propuesta de Ley que amplía el plazo de adecuación de los docentes universitarios a la Ley N° 30220, tiene carácter humanista y académico; siendo de efecto inmediato.

La legisladora sostiene también que actualmente son miles de docentes universitarios afectados por la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Universitaria N° 30220 y el artículo 4. del Decreto Legislativo Decreto Legislativo N° 1496; quienes se encuentran en riego inminente de la pérdida de categoría docente lograda o el despido de su centro de trabajo; sin considerar los niveles adquiridos al amparo de las leyes anteriores a la Ley N° 30220; situación que los somete a un estrés agudo, con la consecuente depresión emocional, convirtiéndolos en personas vulnerables a diversas enfermedades.

El proyecto indica que en cuanto a lo académico, los docentes universitarios que aún no han podido obtener el grado de Maestro o de Doctor; en su gran mayoría tienen estudios concluidos de posgrado; poseen los conocimientos y experiencia, la erudición lograda tras una o más carreras profesionales o especializaciones; experiencia que inicia con las ayudantías y las jefaturas de práctica, con el régimen laboral inestable de un contrato por largos años y luego el acceso a la docencia tras la obtención de una plaza de nombramiento vía concurso público de méritos.

Es todo un recorrido. Si bien en estos docentes universitarios no pudieron hasta la fecha lograr la obtención del grado, debido a motivos económicos, dedicación a la docencia y en muchos casos ausencia de estudios de posgrado en los lugares donde labora; sin embargo, esto no mengua sus capacidades y habilidades, por lo que no se justificaría su despido o degradación, al no haber incurrido en falta disciplinaria o motivo de cese. Por ello, según la congresista Medina, el costo-beneficio, justifica la extensión del plazo y el proyecto de ley no afectará el tesoro público y su cumplimiento no requiere desembolso alguno o incremento del presupuesto público en la partida de remuneraciones; pues se trata de docentes nombrados que ocupan plazas orgánicas y contratados con largos años en esa situación.

Hugo Amanque Chaiña


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