Proponen que para ser ministros deben contar con grado de bachiller y 5 años de experiencia profesional

Hugo Amanque Chaiñaagosto 25, 20213min0
Hugo Amanque Chaiñaagosto 25, 20213min0

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Proponen que para ser ministros deben contar con grado de bachiller y 5 años de experiencia profesional

el nuevo gabinete de castillo

Imagen: Andina

La congresista, Diana Gonzales Delgado, del grupo parlamentario de Avanza País, presentó un proyecto de ley de reforma constitucional que agrega requisitos para ser ministro de estado por el cual propone la modificación del artículo 124 de la Constitución. El proyecto de reforma constitucional señala que para ser ministro se requiere ser peruano de nacimiento y en ejercicio, tener grado de bachiller en educación universitaria, tener cinco años de experiencia profesional en puestos de dirección en gestión pública o privada y haber cumplido 30 años de edad. La ley delimitará los requisitos complementarios que deben cumplir los ministros a fin de garantizar su idoneidad para el ingreso al cargo.

El proyecto sostiene que el artículo 25 de la ley orgánica del poder ejecutivo que el ministro es el responsable político de la conducción de su sector, y orientan, formulan, dirigen, coordinan, determinan, ejecutan, supervisan y evalúan las políticas nacionales y sectoriales a su cargo, asumiendo la responsabilidad a dicha gestión. Indica también que actualmente el artículo 24 de la Constitución para ser ministro se requiere ser peruano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y haber cumplido 25 años de edad.

La congresista señala que son requisitos muy genéricos que no garantizan que el presidente ni el primer ministro decidan a los ministros que cuenten con características técnicas mínimas para el ejercicio de dicho cargo, por lo que es necesario que los ministros sean idóneos y su designación no obedezca solo a criterios políticos que podrían afectar la sostenibilidad de las políticas públicas así como la legitimidad y confianza de los ciudadanos en sus autoridades, ya que los ministros non solo elegidos por el pueblo.

La parlamentaria Gonzales, agrega que la ley reguladora de ejercicio de altos cargos en la administración general del Estado de España en su artículo, afirma que el nombramiento de los altos cargos se hará entre personas idóneas, que reúnan honorabilidad, debida formación y experiencia en la materia, por lo que los condenados por sentencia firme, los inhabilitados o suspendidos y los sancionados no pueden ser nombrados como funcionarios. El proyecto remarca que busca evitar que los cargos ministeriales sean ocupados por personas que únicamente respondan a designios políticos sin contar con características técnicas y personales mínimas objetivas.

Hugo Amanque Chaiña


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