Publican decreto que crea Programa Mejoramiento Integral de Barrios

Hugo Amanque Chaiñajulio 2, 20215min0
Hugo Amanque Chaiñajulio 2, 20215min0

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Publican decreto que crea Programa Mejoramiento Integral de Barrios

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Imagen: Andina

El gobierno del presidente Sagasti promulgó el decreto supremo 011-2021 publicada en el diario oficial que modifica el decreto supremo 004-2012 que crea el Programa Mejoramiento Integral de Barrios. El objetivo general del programa es mejorar el espacio público de barrios urbanos con población prioritariamente vulnerable, mientras que los objetivos específicos son, 1) Contribuir en la mejora de la calidad técnica de los proyectos de inversión de infraestructura y equipamiento urbano de barrios urbanos con población prioritariamente vulnerable. 2) Dotar de infraestructura y equipamiento urbano a barrios urbanos con población prioritariamente vulnerable.

El decreto señala que el ámbito de intervención del Programa son los barrios urbanos ubicados en los centros poblados entre el 1º al 9º rango jerárquico del Sistema Nacional de Centros Poblados y los beneficiarios del Programa comprenden a toda población de los mencionados barrios urbanos, enfatizando a aquella prioritariamente vulnerable que tiene menor cobertura de acceso a servicios básicos, de equipamiento y mayores niveles de pobreza.

En el marco de sus competencias, las líneas de intervención del Programa son las siguientes: 1) Acompañamiento técnico a Gobiernos Locales en la gestión de proyectos de inversión de infraestructura y equipamiento urbano, 2) Fortalecimiento de capacidades a Gobiernos Locales en la gestión de proyectos de inversión de infraestructura y equipamiento urbano, 3) Formulación, evaluación y ejecución de programas y proyectos de inversión de infraestructura y equipamiento urbano, 4) Fortalecimiento de capacidades y participación activa con pertinencia cultural y lingüística de la población beneficiaria durante la gestión de los proyectos de inversión de infraestructura y equipamiento urbano.

El decreto indica que las modalidades de intervención se realizan de acuerdo a lo siguiente:

1) Intervenciones solicitadas por Gobiernos Locales: Los Gobiernos Locales pueden acceder a las intervenciones previstas en los numerales 1) y 2) del artículo 3-A de la presente norma, considerando la aplicación de requisitos o criterios, debidamente aprobados mediante Resolución emitida por la Dirección Ejecutiva del PMIB.

2) Intervenciones ejecutadas directamente por el Programa: El Programa puede ejecutar las intervenciones previstas en el numeral 3) del artículo 3-Ade la presente norma, previa suscripción de los convenios correspondientes, y en el numeral 4) del citado artículo, considerando en ambos casos, la aplicación de requisitos o criterios, debidamente aprobados mediante Resolución emitida por la Dirección Ejecutiva del PMIB. Las intervenciones solicitadas por los Gobiernos Locales y las ejecutadas directamente por el Programa deben estar enmarcadas en el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, alineadas a los indicadores de cierre de brechas del sector, a las políticas nacionales y normativas sectoriales, así como a los planes de acondicionamiento territorial y/o planes de desarrollo urbano vigentes.

Las funciones generales del Programa son las siguientes:

1) Brindar el acompañamiento técnico a los Gobiernos Locales durante la gestión de proyectos de inversión de infraestructura y equipamiento urbano.

2) Impulsar el fortalecimiento de capacidades de los Gobiernos Locales para la gestión de proyectos de inversión de infraestructura y equipamiento urbano.

3) Promover mecanismos de coordinación y/o financiamiento de proyectos de inversión de infraestructura y equipamiento urbano de Gobiernos Locales.

4) Monitorear la ejecución de proyectos de inversión de infraestructura y equipamiento urbano en materia de su competencia.

5) Promover mecanismos de participación, de coordinación y de articulación entre actores públicos y privados, para proyectos de inversión de infraestructura y equipamiento urbano, ejecutados directamente por el Programa.

6) Formular, evaluar y ejecutar programas y proyectos de inversión de infraestructura y equipamiento urbano, ejecutados directamente por el Programa.

7) Impulsar el fortalecimiento de capacidades y promover la participación de la población beneficiara durante la gestión de los proyectos de inversión de infraestructura y equipamiento urbano. 8) Otras funciones que le asigne el Viceministerio de Vivienda y Urbanismo en el ámbito de competencia del Programa.

Hugo Amanque Chaiña


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