Presentan proyecto de reforma para que el Defensor del Pueblo sea elegido por elección popular

Hugo Amanque Chaiñamayo 4, 20213min0
Hugo Amanque Chaiñamayo 4, 20213min0

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Presentan proyecto de reforma para que el Defensor del Pueblo sea elegido por elección popular

el defensor limeño

El 03 de mayo el congresista Jose Vega de Unión por el Perú presentó el proyecto de reforma constitucional para reformar parcialmente el artículo 161 de la Constitución, por el cual pretende que el Defensor del Pueblo sea elegido por elección popular y entre los nuevos requisitos, no haber tenido ninguna filiación política partidaria los últimos 10 años a su elección por elección popular. En la exposición de motivos del proyecto de reforma constitucional de Jose Vega para reformar el artículo 161 de la Constitución, sostiene que el Defensor del Pueblo debe ser totalmente imparcial en cuestiones ideológicas y políticas.

Vega afirma que el Defensor no necesariamente debería ser abogado de profesión, ya que actualmente es elegido por 5 años por el Congreso Nacional en vista que el titular de la Defensoría no ejerce funciones de fiscal o juez y busca esencialmente la reparación a problemas precisos antes de formular acusación y su poder descansa en la persuasión y propuestas de innovación y conducta en las recomendaciones en su ejercicio preventivo, así como de mediación que asume para encontrar soluciones  a problemas diversos  pero también en su capacidad de denuncia en casos extremos ante la sociedad y el Estado.

Por lo tanto, afirma que la Defensoría es una magistratura de base moral y ética que tiene jerarquía y prestigio cívico que ejerce influencia en la administración pública no a través de la confrontación pública, sino una colaboración critica que opera sobre el cuerpo político, ya que el Defensor, atiende las quejas, consultas y peticiones de la población y su actuación lo efectúa en nombre del bien común con argumentos técnicos, éticos y jurídicos, siendo un colaborador clave en el Estado.

Vega afirma que el Defensor al controlar la administración pública, debe tener independencia al momento de ser elegido por sufragio universal que no debe tener antecedentes de filiación política partidaria que pueda establecer sospecha alguna sobre compromisos o relaciones que limiten su posición de garante del cumplimiento de la administración pública en la protección de los derechos fundamentales de las personas en el Estado.

Hugo Amanque Chaiña


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