Citan al presidente Sagasti el lunes 22 ante Subcomisión de Acusaciones Constitucionales
El presidente de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso, Carlos Pérez Ochoa, citó al presidente de la república, Francisco Sagasti a la sesión virtual el lunes 22 de marzo desde las 08 horas para que de su declaración e informe sobre el proceso de toma de conocimiento de la presunta vacunación de los denunciados, así como para confirmar o descartar la información brindada por la denunciada Esther Astete, por así, haberlo solicitado el Congresista Delegado de la denuncia constitucional, Jim Ali Mamani.
Esta citación al mandatario nacional tiene que ver con el Caso Vacunagate, respecto a las acusaciones constitucionales 423 y 427 que presentaron semanas atrás los congresistas, Hipólito Chayña, María Bartolo, Jesús Arapa y Rubén Ramos, en la acusación contra el ex presidente Martín Vizcarra, y las ex ministras, Pilar Mazzeti del sector salud y Esther Astete, del sector relaciones exteriores por presunta infracción constitucional.
Como se recuerda, la ex canciller, Astete, el 11 de marzo afirmó ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales que ella le comunicó a Sagasti que recibiría dos dosis de vacunas Sinopharm como parte del estudio clínico que se realizó en el país, por lo que, según la ex ministra, autorizó al embajador Sánchez Checa de la Cancillería para que continúe con las coordinaciones necesarias con la Universidad Cayetano Heredia y no con la empresa Sinopharm.
Mediante comunicado oficial, la Presidencia de la República, rechazó semanas atrás que Sagasti haya autorizado la vacunación de la ministra de relaciones exteriores, y la afirmación que dio Astete solo pretendía desprestigiar a la jefatura de estado. La citación a Sagasti, también comprende al ex presidente Vizcarra, y a las ex ministras Mazzeti y Astete, para aclarar estas denuncias y eventualmente, a un careo entre los involucrados, ante la irregular vacunación que se realizó meses atrás.
De acuerdo al artículo 89 del reglamento del Congreso sobre control político a altos funcionarios públicos, mediante el procedimiento de acusación constitucional, se realiza el antejuicio político de los altos funcionarios del Estado comprendidos en el artículo 99 de la Constitución Política. El procedimiento de acusación constitucional se desarrolla observando las siguientes reglas: a) Los Congresistas, el Fiscal de la Nación o cualquier persona que se considere directamente agraviada pueden presentar denuncia constitucional contra los altos funcionarios del Estado comprendidos dentro de los alcances del artículo 99 de la Constitución Política.
La denuncia se presenta por escrito y debe contener: Nombre del denunciante y domicilio procesal, de ser el caso, Fundamentos de hecho y de derecho, Documentos que la sustenten o, en su defecto, la indicación del lugar donde dichos documentos se encuentren, Fecha de presentación, Firma del denunciante o denunciantes, Copia simple del documento oficial de identificación del denunciante, en caso de que la denuncia no provenga de Congresista o del Fiscal de la Nación.
Las denuncias presentadas son derivadas inmediatamente a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para su calificación. La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales es el órgano encargado de calificar la admisibilidad y procedencia de las denuncias constitucionales presentadas, así como realizar la investigación en los procesos de acusación constitucional, emitiendo el informe final correspondiente. El número de integrantes y su conformación responden a los principios de pluralidad y proporcionalidad de todos los grupos parlamentarios.