Presentan proyecto de ley para reincorporar a policías separados por el gobierno nacional
El grupo parlamentario de Acción Popular a iniciativa del congresista, Jorge Vasquez Becerra, presentó el lunes 07 de diciembre el proyecto de ley de nueve artículos que autoriza la reincorporación al servicio activo de todos los ex miembros de la policía nacional separados inconstitucionalmente de la función policial. La norma propuesta sostiene que tiene por objeto reivindicar al personal policial afectados con el pase al retiro de manera inconstitucional para fortalecer la capacidad operativa y administrativa de la policía nacional y coadyuve con el ejercicio oportuno y eficiente en la lucha contra el crimen y lograr el desarrollo nacional, pero también al haberse vulnerado los principios constitucionales del debido proceso y reivindicar a los ex miembros ilegalmente separados de su función policial.
El proyecto agrega que todos los ex miembros de la policía tendrán al amparo del decreto legislativo 1149 un plazo no mayor de 45 días después de instalada una comisión especial del Ministerio del Interior para solicitar la revisión de su caso la que estará integrada por el Jefe del Estado Mayor de la Policía Nacional, el Director de Personal, el Director de Economía, el Defensor de la Policía y el representante de la Defensoría del Pueblo.
La Comisión Especial en plazo de 30 días se instalará después de entrada en vigencia la ley, teniendo la Comisión un plazo de 45 días para publicar los resultados de evaluación de sus solicitudes realizándose una ceremonia de reincorporación al personal inmerso en la ley de reincorporación. En la exposición de motivos, el congresista afirma que el artículo 27 de la Constitución otorga al trabajador adecuada protección contra la separación arbitraria de la institución policial, mientras que el artículo 103 de la Constitución prescribe que pueden expedirse leyes especiales porque así lo exige la naturaleza de las cosas, pero no por la razón de las diferencias de las personas.
El proyecto agrega que los acontecimientos de la pandemia del COVID 19 han mermado considerablemente la capacidad operativa y administrativa de la policía nacional poniendo a la ciudadanía en situación de indefensión y ante estos hechos, los estamentos del Estado encargados del fortalecimiento de la institución policial, no hicieron ni hacen los esfuerzos necesarios para el fortalecimiento de la policía nacional por carecer de los recursos necesarios. El congreso ante esta situación no puede permanecer indiferente y mediante la dación de leyes puede otorgar mecanismos necesarios al poder ejecutivo para permitir el fortalecimiento de la institución policial al ser separados inconstitucionalmente efectivos policiales en clara vulneración de la tutela procesal administrativa y el debido proceso.
Es necesario recordar al abordar este tema, que, en pronunciamiento público suscrito por ex ministros del interior, afirmaron que el pase al retiro de 18 generales de la policía por el gobierno de Sagasti contraviene el artículo 8 del decreto legislativo 1267 y el artículo 7 del decreto supremo 026-2017. Sostienen que el comandante general de la policía se elige entre tres tenientes generales más antiguos y en el caso de no haber los tenientes generales suficientes, la terna se completa con los generales de mayor antigüedad en el escalafón. Por lo tanto, el comandante general nombrado por el gobierno, al encontrarse en el puesto 18 del escalafón, no contaba con la antigüedad suficiente para ser designado en el cargo por el presidente de la república a quien consideran fue inducido a un grave error a partir de una interpretación sesgada de la norma legal, por lo que ningún proceso puede tener su inicio en una violación de la ley vigente.
En pronunciamiento público del Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, en oficio remitido a la primera ministra Violeta Bermúdez el 7 de diciembre, sostiene que, en el pase al retiro de 18 oficiales generales, se realizó una interpretación incorrecta del artículo 8 del decreto legislativo 1267 lo que afecta a la institucionalidad de dicho organismo y contraviene las reglas y estándares fijados por el Tribunal Constitucional y menoscaba derechos fundamentales. Entre ellos el derecho al debido proceso, a la igualdad ante la ley, al honor, la buena reputación y al trabajo. Agrega que, en las resoluciones de pase al retiro, no hay motivación que fundamente la necesidad de producir ceses y no ha tomado en cuenta la meritocracia, afectándose los derechos fundamentales de los oficiales cesados y del cuerpo policial, por lo que corresponde resarcir los derechos fundamentales de quienes se vieron afectados por la incorrecta interpretación del decreto legislativo 1267.
En un breve análisis del presente tema, el proyecto de Acción Popular, pone en tensión política nuevamente las relaciones entre el poder ejecutivo y el poder legislativo, ya que, si bien es potestad del Jefe de Estado cambiar a los jefes de los institutos policiales y fuerzas armadas, el mandatario nacional también tiene la obligación constitucional de respetar todo el ordenamiento jurídico vigente y las normas que regulan a la policía nacional y de los institutos armados. Más allá de si el Congreso aprueba este proyecto de ley en las próximas semanas al ser esta una de sus atribuciones constitucionales, los oficiales pasados al retiro por el gobierno de Sagasti, podrían denunciar al exministro del interior por abuso de autoridad ante el poder judicial y otros delitos e incluso por infracción a la Constitución, por lo que el gobierno transitorio por errores jurídicos y políticos, seria derrotado en el fuero judicial y parlamentario, por lo en los próximos días observaremos si Sagasti respeta la Constitución y legislación vigente o se enfrenta al poder legislativo poniendo en tensión nuevamente al país en una nueva crisis política.