Hugo Amanque Chaiñaseptiembre 7, 20204min343

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MINEDU convoca a VIII Concurso Nacional de buenas prácticas docentes en la emergencia sanitaria

los docentes

Mediante resolución viceministerial 166-2020 suscrita por la viceministra de gestión pedagógica, Diana Marchena Palacios, se aprobó las Bases del VIII Concurso Nacional de Buenas Practicas Docentes en la Emergencia Sanitaria que tiene como objetivo identificar la diversas de experiencias de aprendizaje a distancia implementadas por docentes y directivos de instituciones educativas de educación básica regular, alternativa y especial en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID 19 en el país.

El concurso está dirigido a docentes nombrados o contratados y personal directivo, siendo 6 las categorías sometidas a concurso a nivel nacional. En la categoría I  sobre experiencias de aprendizaje a distancia en educación básica regular a nivel inicial, en la categoría II sobre experiencias de aprendizaje a distancia en educación básica a nivel primario, en la categoría III sobre experiencias de aprendizaje a distancia en el nivel secundario en educación básica regular, en la categoría IV sobre experiencias de aprendizaje a distancia en educación básica alternativa, en la categoría V sobre experiencias de aprendizaje a distancia en educación básica especial y en la categoría VI experiencias de gestión escolar a distancia centrada en los aprendizajes.

Respecto a la conformación de las instancias decisorias, habrá un equipo de admisibilidad, un equipo de evaluación técnica y un jurado especializado, mientras que el proceso de inscripción y evaluación, la practica debe estar enfocada en la mejora de aprendizaje en los estudiantes tomando en cuenta el currículo nacional de la educación básica en el marco de la emergencia nacional, seleccionar una categoría y subcategoría del concurso, completar y adjuntar toda la información solicitada.

Entre los requisitos de los participantes, pueden participar los docentes en condición de nombrados y contratados bajo cualquier modalidad, contar con licenciatura o título en educación, laborar en la institución educativa donde se implementa la experiencia de aprendizaje a distancia presentada, haber participado directamente en la implementación de la experiencia de aprendizaje a distancia y los docentes no deben registrar antecedentes penales o judiciales, no estar condenados por delito doloso, no registrar sanciones o inhabilitaciones en el ejercicio docente, ni haber sido procesados o condenados por delito de terrorismo, delito contra la libertad sexual, delitos de corrupción de funcionarios, y delitos de tráfico de drogas, etc.

La inscripción de postulantes se realizará de manera virtual a través de formulario http:/www.minedu.gob.pe/buenas prácticas docentes/. La evaluación en la primera fase será sobre verificación de cumplimiento de requisitos de admisibilidad, evaluación técnica y un jurado calificador determinará a los ganadores. Los beneficios para los participantes de las experiencias pedagógicas de aprendizaje ganadores, tendrán una resolución ministerial de felicitación, diploma de reconocimiento y medalla de reconocimiento, desarrollándose una ceremonia virtual de reconocimiento con la participación de autoridades del Ministerio de Educación que será transmitida a nivel nacional utilizando plataformas digitales.

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marzo 24, 2023 pressadmin

Contraloria afirma que Educación no recuperó pagos indebidos a ex gerenta regional Jarita La Gerencia Regional de Educación incumplió con el procedimiento de recuperación de pagos indebidos regulado mediante la Resolución de Secretaria General 121-2018 del MINEDU, que ocasiona que no se haya restituido los recursos del Estado por un monto de 29,322 soles y en consecuencia se afecte negativamente el principio de probidad y legalidad, donde está comprometida la ex gerenta regional de Educación, Cecilia Jarita Padilla. Así lo señala en resumen el Informe de acción de oficio posterior 007-2023 de la Oficina de Control Institucional de la Gerencia Regional de Educación que jefatura, Percy Mayhua Tito. El informe advierte que fueron registrados trece (13) expediente SIAF por ingresos brutos ascendentes a S/ 29, 822,14, los cuales fueron pagados bajo el concepto de Planilla de Pagos a favor Cecilia Alejandrina Jarita Padilla, este pago implicó que se realicen otros descuentos afectos a la remuneración por el monto de S/ 16, 121,61, que estarían destinados al Sistema Nacional de Pensiones, Derrama Magisterial, SubCafae y Sutep, resultando así que la entidad hizo el pago de monto neto de S/ 13 700,53 a la mencionada trabajadora. De la búsqueda de documentación en el Sistema de Gestión Documentaria del Gobierno Regional de Arequipa, se verifica que Cecilia Alejandrina Jarita Padilla presentó una solicitud de 5 de agosto de 2022 con el asunto de “solicito pago fraccionamiento de deuda”, registrado con número de expediente 3123530. En cuanto a ello, Roberto Carlos Marín Samayani, Director de la entidad emitió el oficio N.° 2211-2022-GRA/GRE-D.UGEL-AN/PLLAS de 6 de agosto de 2022 con el asunto de “NOTIFICACIÓN DE PAGO INDEBIDO JARITA PADILLA CECILIA (…)”. Adicionalmente, se identifica que el área de Administración de la entidad emitió el informe N.° 539-UGEL.AN/ADM/PLLAS de 6 de agosto de 2022. Sin embargo, con el oficio N.° 679-2023-GRA/GRE/D.UGEL-AN de 3 de marzo de 2023, Roberto Carlos Marín Samayani, Director de la entidad, remitió a este Órgano de Control Institucional el informe N.° 0026-GRA/GRE/UGEL.AN/D.AGA de 28 de febrero de 2023. Dicho informe señala que existió un pago indebido realizado a Cecilia Alejandrina Jarita Padilla entre los años 2020 y 2021 y que también existe un pago pendiente por Compensación de Tiempo de Servicios, la cual podría ser retenida a cuenta de pago. Asimismo, se adjunta los comprobantes de depósito Serie 008 Ns. 000228 y 000237 por un monto total de S/ 500,00 por el concepto de pago indebido de Cecilia Alejandrina Jarita Padilla. Con relación a esto último, se advierte que la entidad no observó el procedimiento administrativo regulado en el “Instructivo para la elaboración y aprobación de la Planilla Única de Pagos de los profesores y auxiliares de educación, en el marco de la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento” con la Resolución de Secretaría General N.° 121-2018-MINEDU de 7 de junio de 2018. En el sentido, han transcurrido más de 3 días hábiles de notificado el adeudo mediante el oficio N.° 2211-2022-GRA/GRE-D.UGEL-AN/PLLAS de 6 de agosto de 2022, habiéndose obtenido la recuperación de S/ 500,00 hasta el 27 de febrero de 2023. Lo que tiene por consecuencia que no se hayan restituido los recursos del Estado por un monto de S/ 29 322,14 conforme al principio de legalidad y probidad de la función pública. Lo anteriormente descrito transgrede la Ley 27815 del Código de Etica de la Función Pública, la Ley 28044 Ley General de Educación, Ley 28175 Marco del Empleo Público, Ley 29944 de Reforma Magisterial, el DL 1441 del Sistema Nacional de Tesorería, etc. El informe recomienda al Director de la UGEL Arequipa Norte, Roberto Marín Samayani, adoptar las acciones que correspondan, en el marco de sus competencias, a fin de superar los hechos irregulares evidenciados como resultado de la Acción de Oficio Posterior.

Hugo Amanque Chaiña


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