Concurso Público para todos los Organismos Constitucionales Autónomos

Hugo Amanque Chaiñajulio 13, 20208min0
Hugo Amanque Chaiñajulio 13, 20208min0

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Concurso Público para todos los Organismos Constitucionales Autónomos

bcr

El 03 de julio el Congreso Nacional aprobó con 112 votos a favor, 14 en contra y ninguna abstención, modificar los artículos 08 y 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por el cual ahora la elección será mediante concurso público de méritos para acceder a ese organismo constitucional autónomo el cual tendrá que ser a través del Pleno del Congreso y cada postulante deberá requerir de 87 votos como mínimo para convertirse en magistrado constitucional, ya que anteriormente se hacía mediante invitaciones de una Comisión Especial del Congreso. La modificación a la ley orgánica del TC está en manos del presidente Vizcarra, quien podría observarla y retornarla al poder legislativo, previa fundamentación jurídica, para lo cual el Congreso podría revisarla o ratificarla y convertirse en ley.

La ley aprobada por el Congreso es un ligero avance, pero aún incompleto en la estructura constitucional del estado peruano en relación a la meritocracia. El argumento principal para las modificaciones constitucionales futuras, es concretamente, la legitimidad de origen que deben tener todos los altos funcionarios de los organismos constitucionales autónomos (OCA) que reconoce nuestra Constitución Política. Lo ideal sería que ellos sean elegidos mediante votación popular por el soberano en una verdadera democracia participativa donde los elegidos sean leales a la Constitución y al pueblo que los eligió y no a la partidocracia de palacio de gobierno ni del palacio legislativo como sucede en las últimas décadas. La democracia participativa es una ilusión hoy, por lo que debe practicarse la democracia representativa, por el cual al elegir al Congreso Nacional que representa al soberano, la potestad de elegir o designar a los altos funcionarios públicos, pero debe ser mediante concursos públicos de méritos y no convertir al poder legislativo como una mesa de partes del poder ejecutivo como hoy sucede en el Perú con los organismos constitucionales autónomos.

La mayoría de altos funcionarios de estado hoy son propuestos por el gobierno nacional y ratificados por el poder legislativo, en componendas políticas e ideológicas donde no hay meritocracia ni transparencia ni concursos públicos en su elección o designación en los OCA. El ejemplo más claro es la designación en el directorio del BCR de José Chlimper y Rafael Rey que no reunían las condiciones profesionales ni técnicas para ser directores del BCR, pero tuvieron el apoyo de la mayoría fujiprista y hoy están en dichos cargos tan solo por cuestiones políticas. La politización debe acabar y los altos funcionarios públicos deben ingresar a los OCA mediante concursos públicos de méritos, lo que le dará legitimidad al cargo. El Contralor General de la República actualmente según el artículo 82 de la Constitución, es designado por el Congreso a propuesta del poder ejecutivo.

Este artículo viola el principio constitucional de separación de poderes que obliga nuestra Constitución. Los Contralores propuestos por los presidentes, Belaunde, García, Fujimori, Humala, Kuczynski y ratificados por mayorías legislativas, no fiscalizaron con severidad a los inquilinos de palacio de gobierno y palacio legislativo y tampoco denunciaron actos de corrupción en dichos poderes públicos, convirtiendo a la Contraloría en una tortuga. Eso tiene que modificarse, ya que no es posible que el presidente proponga a sus amigos o partidarios a la Contraloría.  El Contralor debe elegirse en concurso público de méritos con total transparencia. Lo mismo debe suceder en el Banco Central de Reserva, ya que hoy el artículo 86 de la Constitución señala que, a su directorio de 7 integrantes, el gobierno designa a 4 incluido su presidente los que deben ser ratificados por el legislativo y los 3 restantes los elige el Congreso. Los partidos políticos en el ejecutivo y legislativo, creen que el Estado es su chacra o su parcela y solo ellos pueden definir quiénes deben ingresar a los OCA. Eso tiene que cambiar con reformas constitucionales y legales.

En el caso de la Superintendencia de Banca y Seguros, sucede lo mismo. El artículo 87 de la Constitución, afirma que el gobierno nacional designa al Superintendente de Banca y Seguros y el Congreso debe ratificarlo, convirtiendo al poder legislativo en una mesa de partes del gobierno. En el caso del Defensor del Pueblo, según el artículo 161 de la Constitución, es elegido por el Congreso Nacional, para lo cual debe reunirse 87 votos de los legisladores. El año 2016 una Comisión Especial del Congreso, seleccionó a tres abogados a la Defensoría, siendo ellos invitados, resultando elegido finalmente Walter Gutiérrez. No se desarrolló un concurso público de méritos, ya que ni la Constitución Política, ni la ley orgánica de la Defensoría del Pueblo ni el reglamento del Congreso que tiene categoría de ley lo obliga, por lo que son necesarias esas modificaciones jurídicas.

Hoy solo los miembros de la Junta Nacional de Justicia son elegidos por concurso publico de méritos y podrían serlo los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional si el presidente Vizcarra no observa esa modificación aprobada por el Congreso. Iguales modificaciones deberían de darse a futuro en el Ministerio Publico, donde el Fiscal de la Nación debería ser elegido por todos los fiscales del país y no solo por la Junta de Fiscales Supremos como lo establece el artículo 158 de la Constitución. Similar modificación debería darse en el Poder Judicial, ya que el presidente de ese poder del estado debería ser elegido por todos los jueces de la república a futuro y no solo por jueces supremos como afirma el artículo 144 de la Carta Magna. Lo mismo debería suceder con el JNE, ya que sus 5 miembros deberían ser elegidos democráticamente por todos los jueces, fiscales, abogados y docentes de las facultades de derechos de las universidades públicas y privadas del país. En resumen, la fuente del poder del estado emana del pueblo como señala el artículo 45 de la Carta Magna, por lo que la legitimidad de los altos funcionarios de los OCA, debería ser a través de concursos públicos de méritos como lo acaba de aprobar el Congreso Nacional para el Tribunal Constitucional.

Hugo Amanque Chaiña – Periodista y Abogado

 

Hugo Amanque Chaiña


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